viernes, 30 de diciembre de 2011


                                    Modificación Ley de Jubilaciones

Esta Filial viene trabajando a Nivel Nacional para lograr derogar o


modificar el Articulo 33 de la Ley de Jubilaciones 18405 que dice:(Suspensión del Retiro o Pensión)

“El goce de la prestación de retiro o Pensión, les será suspendido a quienes sean procesados por la

Comisión de un delito que traiga aparejada pena de penitenciaría a partir del respectivo auto de

Procesamiento y durante el termino de su reclusión”. La situación claramente descripta en la norma es

la de un Jubilado que es procesado con prisión, perderá su Jubilación durante la reclusión por lo que

hemos hecho llegar a Diputados y Senadores y al Gobierno, nuestra propuesta la que ha sido recibida

como viable, además fuimos convocado al despacho del Senador Sergio ABREU para aplicar el

proyecto. Hemos tenido la promesa de los Legisladores de que se estudiara el tema porque este

Articulo puede ser Inconstitucional. 


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